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RIESGOS LABORALES Y ACCIDENTES DE TRABAJO

Asesoría en cumplimiento de la normatividad del Sistema General de Riesgos Laborales

Desde la vigencia del Decreto Ley 1295 de 1994, se han venido desarrollando en nuestro sistema jurídico los preceptos normativos de la Seguridad Social en su ámbito de los riesgos laborales que tienen por finalidad la protección del ser humano en relación con los riesgos propios de la actividad laboral, esto es la prevención accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

En tal sentido, en nuestra firma, nos especializamos en brindarle las herramientas jurídicas, y el apoyo técnico para que su empresa pueda llevar a cabalidad el cumplimiento de los estándares normativos que exige el sistema de riesgos laborales consagrado en la Ley 100 de 1993 desarrollado en el Decreto Ley 1295 de 1994, la Ley 776 de 2002 y la Ley 1562 de 2012, asimismo pueda cumplir con los estándares mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad Social y Salud en el Trabajo reglamentado a través de la resolución 0312 de 2019 del 13 de febrero de 2019 expedida por el Ministerio de Trabajo.

 

 

Reclamación Administrativa y Judicial de las Prestaciones Económicas del Sistema de Riesgo Laborales.

En la ocurrencia de accidentes y enfermedades que tengan su origen en razones atribuibles al desarrollo de las actividades laborales, todo trabajador tendrá el derecho a recibir atención de salud, los subsidios por incapacidad, las indemnizaciones o las pensiones a que haya lugar las cuales deberán ser asumidas en su integridad por el Sistema de Riesgos Laborales a través de la Administradora de Riesgos Laborales en la cual se encuentra afiliado el trabajador al momento de la ocurrencia de la contingencia.

Conforme a lo anterior, en nuestra firma prestamos nuestros servicios legales a personas jurídicas en apoyo de su empleado frente a la ocurrencia de una contingencia de origen laboral la Administradora de Riesgos Laborales es renuente a asumir el pago de las prestaciones económicas consistentes en el subsidio de incapacidad temporal; indemnización por incapacidad permanente parcial; pensión de invalidez; pensión de sobrevivientes y auxilio funerario.

Litigio por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Laborales.

El Sistema de Riesgos Laborales está diseñado “para prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles como consecuencia del trabajo que desarrollan” Ley 1562 de 2012, artículo 1º.

Sin embargo frente a los accidentes de trabajo o las enfermedades laborales muchas veces se busca de manera pretensiosa endilgar responsabilidad en la contingencia al empleador con lo cual se busca resarcir daños que muchas veces han sido amparados por el Sistema de Riesgos Laborales o del cual no es posible obtener réditos económicos en desmedro del patrimonio del empleador.

Conforme a lo anterior, en nuestra firma contamos con abogados especialistas en Seguridad Social, conocimientos en la normatividad que regula lo atinente a las obligaciones de seguridad del empleador en la relación de trabajo, en el marco normativo del sistema de riesgos laborales, la responsabilidad civil contractual y con la capacidad técnica de analizar, evaluar y plantear las estrategias de defensa jurídica atinentes a fin de obtener los mejores resultados en el proceso judicial adelantando contra el empleador ante los jueces laborales.