
El Ministerio del Trabajo acaba de dar a conocer el proyecto de Resolución Única en Seguridad y Salud en el Trabajo – SST, el cual pretende compilar todas las resoluciones por dicha autoridad y a su vez actualizar la terminología utilizada y la corrección de errores formales de digitación.
La creación de este documento conllevaría a identificar de forma clara y unificada el marco reglamentario que regula las disposiciones relativas al SST, como en su momento se hizo con los Decretos Únicos Reglamentarios de cada sector.
El documento contiene más de 200 páginas y está dividido en 17 capítulos, establece disposiciones como la celebración del día de la salud en el mundo del trabajo o las obligaciones que tiene el empleador o contratante en materia de higiene y seguridad industrial, entre las cuales se encuentran:
- Elaborar su propia reglamentación y hacer cumplir a los trabajadores las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo que les correspondan.
- Proveer y mantener el medio ambiente ocupacional en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, de acuerdo con las normas establecidas en la futura resolución.
- Establecer un servicio médico permanente de medicina industrial en aquellos establecimientos que presenten mayores riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, a juicio de los encargados de la salud ocupacional del ministerio, debidamente organizado para practicar a todo su personal los exámenes sicofísicos, exámenes periódicos y asesoría médico laboral y los que se requieran de acuerdo con las circunstancias; además, llevar una completa estadística médico social.
- Organizar y desarrollar programas permanentes de medicina preventiva, de higiene y seguridad industrial y crear el comité paritario de higiene y seguridad COPASST, atendiendo lo establecido en la legislación vigente.
Así mismo, contiene las obligaciones de los trabajadores:
- Dar cumplimiento a las obligaciones que les correspondan en materia de medicina, higiene y seguridad industrial, de acuerdo con las normas legales y la reglamentación que establezca el empleador o contratante.
- Utilizar y mantener adecuadamente las instalaciones de la empresa, los elementos de trabajo, los dispositivos para control de riesgos y los equipos de protección personal que el empleador o contratante suministre, y conservar el orden y aseo en los lugares de trabajo.
- Abstenerse de operar sin la debida autorización vehículos, maquinarias o equipos distintos a los que les han sido asignados.
- Dar aviso inmediato a sus superiores sobre la existencia de condiciones defectuosas o fallas en las instalaciones, maquinarias, procesos y operaciones de trabajo y sistemas de control de riesgos.
La disposición también hace referencia a temas como los estándares mínimos de seguridad en el trabajo para cada compañía, teniendo en cuenta su actividad y cantidad de empleados; los lineamientos en cuanto a exámenes ocupacionales; la regulación vigente para las juntas de calificación de invalidez; acoso laboral; trabajo infantil; entre otras disposiciones.
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