
Trasladarse de un fondo privado de pensiones a Colpensiones, por vía judicial, es una alternativa que todavía están usando muchos colombianos que, por diferentes motivos, no tomaron esa decisión en los tiempos que determina la ley.
El presidente de Colpensiones, Juan Miguel Villa, dijo recientemente que en 2018 11.000 personas interpusieron demandas para pedir su ingreso a esta entidad que administra el régimen público o de prima media. Para la mitad de este año la cifra ya iba en 16.000.
Marcelo Duque, experto en pensiones, explicó que es tal la tendencia de colombianos buscando pasarse de régimen vía judicial, que las audiencias que se solicitan hoy para tal motivo se están programando para el segundo semestre del 2020.
Las normas indican que un afiliado al sistema de pensiones en Colombia se puede trasladar de régimen antes de 10 años para cumplir la edad de jubilación (es decir cuando las mujeres tienen 47 años y los hombres 52 años).
Pero, si estas personas no recibieron la información adecuada para tomar esa decisión, en su momento, o cuentan con otros argumentos, tienen la opción de intentar un traslado de un fondo privado a Colpensiones (fondo público), por intermedio de una demanda cuando superan esa edad. Algunos lo logran.
El año pasado, según cifras de la Superfinanciera, 167.156 afiliados se cambiaron de los fondos privados a Colpensiones. De ellos, unos 800 lo lograron vía judicial. Este año, al mes de febrero, el número de traslados a Colpensiones iba en 17.572 y a julio en 75.000, según información publicada por la entidad.

La principal razón que tienen las personas para intentar cambiarse, vía judicial, de un fondo privado al régimen público es económica.
“En Colpensiones el monto de la pensión está por el orden del 65 % del promedio base de cotización, mientras que en el fondo privado el promedio alcanza el 33 %, porque es lo que logre ahorrar la persona. Con base en eso, la expectativa vida, beneficiarios, bono pensional, se fija la mesada y todo esos aspectos disminuyen la prestación”
La segunda razón para ir a los estrados judiciales es el posible ‘engaño’ o la desinformación a la hora de haber escogido un régimen pensional,
a muchas personas no se les brindó información oportuna y clara.
De ahí que actualmente para que un afiliado se cambie de régimen, en los tiempos previstos por la ley, debe hacer una doble asesoría para que tome una decisión informada.
“Lo importante es que el afiliado verifique que si se traslada a Colpesiones el valor de su mesada sería más alta que en un fondo privado, y con una diferencia que valga la pena el proceso judicial.
PARA MAYOR INFORMACIÓN COMUNÍCATE CON NOSOTROS
En PSA Abogados contamos con muchas sentencias favorables que le ayudaran a realizar su traslado a colpensiones.
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡LLAME YA, CONSULTA GRATUITA¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
TELÉFONO: 8008078 CELULAR: 3102920608
CORREO: info@abogadospsa.com
Direcccion: calle 30a # 6 – 22 Oficina 2502 CENTRO INTERNACIONAL
Pagina web: www.abogadospsa.com
fuente: El pais.com
#PSA ABOGADOS – PENSIÓN SEGURA ABOGADOS
Comentarios recientes